Arrendamiento u ocupación de apartamentos

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El arrendamiento de apartamentos deberá ser informado a la Junta de Directores al menos tres (3) días antes de comenzar el mismo. El titular deberá informar el nombre y dirección del inquilino; y deberá certificar que le ha entregado al arrendatario copia del Reglamento de Administración de Titulares Condominio Bahía del Mar y de cualquier otra reglamentación aprobada eventualmente. El titular deberá informar al arrendatario que estará cubierto por las disposiciones de este Reglamento.

Los Titulares que suscriban contratos de arrendamiento por un término menor de seis (6) meses, deberán prestar una fianza de ciento cincuenta dólares ($150) para responder por daños a la propiedad que puedan causar los inquilinos. La fianza será devuelta al finalizar el arrendamiento, de no ser necesario el desembolso de este para reparar daños causados. Todo titular será responsable por daños que ocasionen arrendatarios, ocupantes o visitantes al complejo.